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¿Quien paga la ITE?

Quien paga la ITE

TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE QUIÉN PAGA LA ITE 

Saber quién paga la ITE puede parecer en teoría un tema sencillo, pero no lo es. A continuación os hablaremos de casos reales, que nos suceden como empresa dedicada de forma exclusiva a la realización de Inspección Técnica de Edificios ITE. Y es que abordamos diariamente casos singulares y diferentes realidades, así que intentaremos de la mejor forma posible explicaros quién paga la ITE.

Antes de hablar sobre quién paga la ITE, queremos explicaros que es una ITE para poder aclarar conceptos. La ITE o Inspección Técnica de Edificios es una revisión que sirve para valorar el estado de conservación general del edificio. Se revisan las fachadas, medianeras, patios, terrazas, cubiertas, estado de las instalaciones de electricidad, agua y bajantes del edificio. Además sirve para conocer como es nuestro edificio enérgicamente, como es la accesibilidad (para personas en general y personas con movilidad reducida). En resumen, la ITE cumple 2 funciones principales; 1era dar cumplimiento de la ley que obliga a realizarlas y 2ª es una completísima guía de cómo es y como esta conservado el edificio. La ITE es un documento súper útil para cualquier comunidad que quiera empezar a poner en orden su edificio; es una guía completa que contiene muchísima información sobre el estado conservación del mismo. La verdad, es que sin la ITE, jamás llegaremos a conocer el estado de salud de nuestro edificio.

Una vez revisado el edificio por parte de alguno de nuestros Inspectores, los pasos son los siguientes:

 

  1. Se redacta un informe ITE sobre el Estado de conservación del Edificio.
  2. Este informe se tramita en la Administración.
  3. La Administración envía el Certificado de Aptitud a la Comunidad de Propietarios o Propiedad. La validez/vigencia del certificado dependerá de las Deficiencias que contenga el informe ITE que se ha redactado.
  4. La comunidad o propiedad debe reparar las deficiencias que contiene el Informe ITE.
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RESPONSABILIDAD SOBRE EL EDIFICIO

Mas que hablar sobre quién paga la ITE, debemos hablar de quien tiene la responsabilidad de la conservación del edificio. La responsabilidad sobre la conservación del edificio recae sobre la propiedad actual, bien sea propiedad vertical (propietario único) o propiedad horizontal (comunidades de propietarios). Por tanto, el Decreto 67/2015, en su artículo 5.1 enuncia “La obligación de someter los edificios de viviendas a inspección técnica corresponde a la propiedad”. En su articulo 5.3 enuncia “El coste económico derivado de la inspección técnica es a cargo de las personas obligadas a la realización de la inspección”, ósea la propiedad.

OTROS SUPUESTOS

Ahora que ya sabes que como norma general, la ITE debe pagarla la propiedad, vamos a enumerarte otro supuesto que nos hemos encontrado con mucha frecuencia. Sobre todo ten en cuenta que con independencia de quién pague la ITE, el deber de realizarla, el deber de conservación o las sanciones relativas a la omisión de realizarla recae sobre la propiedad. Nos hemos encontrado en el siguiente supuesto:

  • Uno de los copropietarios de la comunidad tenia prisa por vender su piso y necesitaba pasar la ITE urgente, encargándonos la ITE y pagándola de su bolsillo. Recuerda que una vez realizamos la visita el edificio, en 24h/48h tienes la ITE acabada, tramitada y toda la documentación disponible en tu zona cliente para tu total comodidad. Somos la única empresa dedicada exclusivamente a la realización de ITE en Catalunya, por tanto podemos ofrecer estos plazos de entrega. Y es que como bien sabrás para vender cualquier inmueble debe estar realizada la ITE del Edificio, siempre que el edificio haya cumplido 45 años de antigüedad.

¿COMO SOLICITAR LA ITE?

Pues de forma muy sencilla, en 3 sencillos pasos:

  • Solicitar presupuesto ONLINE. Lo recibes al instante en tu pantalla y en tu correo electrónico.
  • Gestiona tu mismo la CITA ONLINE mediante un CALENDARIO. Puedes elegir cómodamente el día y horario que quieres que vayamos a hacer la ITE a tu edificio. Muchos vecinos se bajan con una TABLET a la reunión de comunidad y eligen el día de la Inspección. Y si no te atreves, también te podemos dar la CITA telefónicamente.
  • Elige la forma de pago y reserva la ITE. Te damos a elegir entre Transferencia, Paypal o Targeta.

¿NECESITAS MAS INFORMACIÓN?

Si tienes más dudas sobre la Inspección Técnica de Edificios (ITE), visita nuestra página dónde puedes disfrutar de todo el contenido;  videos, preguntas frecuentes, manuales para descargar y mucho mas sobre la ITE.

NOTA ACLARATORIA

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